Salvado

SALVADO DE TRIGO Y TERCERILLAS

Mezcla de subproductos derivados de la fabricación de harina a partir de granos de trigo o de espelta (Triticum espelta L.) descascarillada previamente tamizados.
Constituídos principalmente por fragmentos de envolturas y algunos residuos de granos.

Inspección en recepción

Control Características Nominal
Organoléptico y Micrográfico: • Producto apelmazado y/o enmohecido Ausencia
• Productos ajenos al salvado de trigo Ausencia
• Presencia de salvado de otros cereales Ausencia
• Olor rancio Ausencia
• Impurezas minerales Ausencia

Especificaciones

C1. PROXIMAL:% Sobre producto tal cual.
Análisis Nominal Tolerancia Periodicidad Ensayos
Humedad Máx. 15 Cada Lote RD 2257/1994 nº6
Proteína Bruta 14,9 ±2,0 Cada lote RD 2257/1994 nº3 o NF V 18-120 Dumas
Fibra Bruta 9,5 ±2 Cada Lote RD 2257/1994 nº7 o Fibersac
Almidón 25,0 ±4,5 Cada Lote Orden 16.02.00
Cenizas Máx 6 Nuevo producto proveedor RD 2257/1994 nº12
C.2 RESIDUOS: Concentración Sobre producto tal cual.
Análisis Nominal Tolerancia Periodicidad Ensayos
AFLATOXINA B1* µg/kg (ppb) < 50 Nuevo producto proveedor Test Elisa
PESTICIDAS CLORADOS** µg/kg (ppb) < 10 Nuevo producto proveedor Test Elisa

* De obligado cumplimiento (R.D. 11.10.88)
** De obligado cumplimiento (Dir. 29/99)

C.3 MICROBIOLÓGICO: Concentración Sobre producto tal cual.
Análisis Nominal Tolerancia Periodicidad Ensayos
AEROBIOS TOTALES ufc/g < 106 Nuevo producto proveedor FDA (1995) 8ª ed.
COLIFORMES ufc/g < 103 Nuevo producto proveedor FDA (1995) 8ª ed.
ESCHERICHIA COLI* ufc/g Ausencia Nuevo producto proveedor FDA (1995) 8ª ed.
ESTAFILOCOCOS* ufc/g Máx 10 Nuevo producto proveedor FDA (1995) 8ª ed.
SALMONELLA* ufc/25 g Ausencia Nuevo producto proveedor FDA (1995) 8ª ed.

* De obligado cumplimiento (Orden 15.02.88)

D. CONTROL DE PROVEEDORES.
Con respecto a esta materia prima, los riesgos por malas prácticas de fabricación, contaminación o fraude se consideran poco probables.
Una concentración de hongos superior a 100.000 esporas por g puede indicar problemas de conservación o de almacenamiento prolongado de la materia prima, y puede sugerir el interés de la utilización de productos fungicidas.
En principio debería especificarse en los contratos de compra al menos el valor de Humedad y Fibra Bruta.
Declaración obligatoria (RD 1333/99): Fibra Bruta.